un encierro puede ser:
si es por voluntad propia, simplemente encierro; si es por botos de carácter religioso es un claustro; si es por apreemio o para cu´mplir una orden judicial es un arresto; si es ante la policía sorprendido infraganti o antes de la vicita del juez, es una detención; si es como medida prejudicial o antes que se dicte la condena, es procesado, si es en el cumplimiento de una pena o condena, es reclusión o precidio; si es por un particular y sin derecho, es un secuestro; si es por una medida de seguridad, es decir que por su enfermedad no son condenados pero han cometido hechos que revisten el carácter de delito, es bajo custodia; si es por una enfermedad, es un reposo; si es por enfermedad de carácter contagiosa, es un aislamiento.
hace un año atrás hice este mismo ejercicio pero con una suma de dinero.
jueves, 29 de mayo de 2008
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4 comentarios:
Genial.
Muy bueno, puesto que evidencias la carga semántica de cada una de las acciones.
Saludos,
Gaby
Jajaja, que guena (y que paciencia)
A fin de cuentas, depende mucho de la participación que tuvo la persona en el concepto antes de que se realizara...
Saludos
Hola... Tanto tiempo!!!
Ya estoy de vuelta...
Buen texto, diversas formas para referirse a lo mismo... K loko!!!
Salu2
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